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miércoles, 18 de febrero de 2015

STyDE y ECOLOGÍA NO RESPETAN ZONA DE AMORTIGUAMIENTO: PRO-OAX Y PROFESIONALES DE URBANISMO EN OAXACA.

Oaxaca de Juárez, Oaxaca, a 17 de febrero del año 2015.- La publicitada certificación notarial realizada por la STyDE comprobando que la obra para el Centro Cultural y de Convenciones no está dentro del polígono de Preservación Ecológica del Parque Natural Cerro del Fortín, sólo es un intento más de sorprender a la opinión pública, porque confirma lo que inicialmente PRO-OAX aseveró: ESTÁ EN LA ZONA DE AMORTIGUAMIENTO, definida en el Programa de Manejo del Parque Estatal “Cerro del Fortín” que fue elaborado por el Instituto de Ecología del Gobierno del Estado y cuyo resumen se publicó en el Periódico Oficial N° 19 del 8 de Mayo del 2008 y que ahora intencionalmente pretenden pasar por alto los personeros de la STyDE acompañados de la titular del Instituto de Ecología.




Según se estableció en el citado programa correspondió al H. Ayuntamiento reglamentar esa Zona de Amortiguamiento y lo hizo en el “INSTRUMENTO EN MATERIA DE DESARROLLO URBANO CON ACTUALIZACIÓN DE VIALIDADES, USOS DEL SUELO, DENSIDADES, ESTACIONAMIENTO Y RESCATE  DE ESPACIOS PÚBLICOS, PARA EL MUNICIPIO DE OAXACA DE JUÁREZ”, aprobado en sesión ordinaria del 29 de Mayo del 2014 por el H. Cabildo Municipal y publicado en la Gaceta Municipal correspondiente a Mayo del 2014.


En el instrumento precisan las características de la zona de amortiguamiento como ZONA PAE 3.- PARQUE ECOLÓGICO LIMITADO DE BAJA INTENSIDAD describiéndolo como “Zona que atiende a una demanda turística y recreativa de la zona conurbada del acuerdo al carácter del parque ecológico urbano (en el caso el Parque natural Cerro del Fortín) que se constituye en un frente próximo al contiguo urbano”. Se permitirán actividades turísticas y recreativas, principalmente de uso público, sin implicar en esto su forma de propiedad.



El índice de uso que es establece textualmente dice: “Podrá destinarse a nivel de desplante un área que represente como máximo el 20% de la superficie del lote individual”, es decir exige conservar área libre del 80% y fija como altura máxima de la construcción, en un nivel, incluyendo tinacos, 4.00 metros de altura a partir del nivel de desplante, estableciendo además como condiciones integrarse a la zona a intervenir y ocupar material de la región; presentar técnicas que se integren al entorno para que no impacte en el proceso de construcción y operación del mismo.


Además se agrega: “debe apegarse a las normas técnicas generales de uso y aprovechamiento del suelo”.


Es manifiesto que en nada se respeta lo antes establecido por las propias Autoridades Estatales y Municipales.


PRO-OAX también llama la atención sobre el “ESTUDIO DE COMPETITIVIDAD TURÍSTICA DEL DESTINO OAXACA DE JUÁREZ” exhaustivo documento elaborado por la Escuela Superior de Turismo del Instituto Politécnico Nacional, que sirve de apoyo a la STyDE para justificar el proyecto en cuestión, este documento entre múltiples precisiones establece: “Es preciso tener en cuenta que la expansión de la mancha urbana, provoca la pérdida de áreas verdes y pone en peligro la conservación de áreas naturales protegidas que se localizan dentro de la extensión territorial del Municipio, lo que contribuye a acelerar los efectos del cambio climático y reduce las posibilidades de recarga del manto freático” agregando: En cuanto al tamaño, el área protegida que predomina es el Parque Nacional Benito Juárez, este dato no le resta importancia a las demás áreas fundamentalmente a El Fortín dado el peso social e histórico que tiene.


Además se confirma que “Estas áreas brindan servicios ambientales importantes fundamentalmente a la zona urbana ya que funcionan como captadoras de agua para la recarga de los mantos acuíferos, actuando como controladores de la temperatura ambiente y como captadores de carbono”.


Al señalar las limitantes para el desarrollo turístico dedica el Capítulo 9 a la Protección del Territorio y el Paisaje señalando la carencia de articulación del sistema turístico a la sustentabilidad en especial “la falta de implementación del Programa de Turismo Sustentable, Agenda 21”, que adoptado por el Municipio en el año 2000, se logró por el Consejo Honorario de Participación Ciudadana iniciar el julio 2010 su implementación con la institucionalización del Programa de Ordenamiento Ecológico y Territorial que fue bloqueado por las instancias gubernamentales estatal y municipal no obstante tener apoyo económico de la WWF.


En el Capítulo 10 se analiza la Protección Ambiental enfatizando la Degradación y Pérdida de áreas protegidas y la recomendación especial que hace es cubrir la ausencia de planeación en la zona metropolitana de la ciudad de Oaxaca (23 municipios conurbados) tema fundamental que la legislatura 2010-2013 legalmente abordó aprobando en el 2011 la Ley de Coordinación para el Desarrollo Metropolitano que implicaba la creación del Instituto de Planeación correspondiente y que el Ejecutivo tiene bloqueado.

En la página 127 del Estudio de Competitividad del IPN se dice: “La construcción de un nuevo Centro de Convenciones es uno de los proyectos prioritarios para el gobierno estatal y municipal y para los empresarios de diversos sectores de la actividad turística” y en el siguiente párrafo precisa: “AUNQUE NO ES UN ORGANISMO INDISPENSABLE”, la Sectur lo justifica “por contar con una Oficina en Convenciones y Visitantes”.

En el Estudio de Competitividad se analizan múltiples problemas a resolver con prioridad para consolidar la calidad del Destino Turístico.


El Maestro Francisco Toledo, nuestro fundador, y PRO-OAX agradecemos las aportaciones de los profesionales de urbanismo que se unen al análisis de tema que implica a muchos sectores de la comunidad oaxaqueña aportando conocimientos de sus diversas disciplinas por el bien de Oaxaca.


Presidente PRO-OAX.

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